Impuesto de sucesiones en Galicia

El Impuesto de Sucesiones es un tributo que se debe pagar cuando se heredan bienes tras el fallecimiento de una persona.
En Galicia, este impuesto tiene sus propias particularidades y regulaciones específicas. Aquí te explicamos cómo funciona, quiénes deben pagarlo, las reducciones y bonificaciones disponibles, y el proceso de autoliquidación.
Contenidos
Clasificación por Grupos de Parentesco en el Impuesto de Sucesiones
En Galicia, la cantidad a pagar por el impuesto varía según el parentesco con la persona fallecida. Los herederos y beneficiarios se dividen en los siguientes grupos:
- Grupo I: Hijos menores de 21 años.
- Grupo II: Hijos mayores de 21 años, cónyuges y padres.
- Grupo III: Hermanos, sobrinos y otros familiares cercanos.
- Grupo IV: Parientes lejanos y personas sin parentesco.
Qué se Considera Hecho Imponible en el Impuesto de Sucesiones
El impuesto se aplica cuando:
- Herencias: Se heredan bienes y derechos.
- Donaciones: Se reciben bienes y derechos de manera gratuita.
- Seguros de vida: Se cobra un seguro de vida donde el contratante es distinto al beneficiario.
Sujetos Pasivos y Base Imponible del Impuesto de Sucesiones
Los sujetos pasivos, es decir, quienes deben pagar el impuesto, son:
- Herederos y legatarios: En el caso de herencias.
- Donatarios: En el caso de donaciones.
- Beneficiarios: En el caso de seguros de vida.
La base imponible del impuesto es:
- En herencias: El valor neto de lo que recibe cada heredero.
- En donaciones: El valor neto de los bienes y derechos recibidos.
- En seguros de vida: Las cantidades percibidas por el beneficiario.
Reducciones Generales y Autonómicas en Galicia
Esta tabla vamos a proporcionar una visión clara y concisa de las principales reducciones generales y autonómicas aplicables en Galicia.
| Tipo de Reducción | Detalles |
|---|---|
| Reducciones Generales | |
| Parentesco | Reducciones aplicadas según la relación con el fallecido. |
| Discapacidad | Reducción adicional para personas con discapacidad. |
| Seguros de vida | Reducción aplicable a los beneficiarios de seguros de vida. |
| Bienes heredados o donados | Reducciones basadas en el tipo de bienes recibidos, como vivienda habitual o empresas familiares. |
| Reducciones Autonómicas (Galicia) | |
| Vivienda Habitual | Mejora de la reducción estatal para la vivienda habitual del fallecido. |
| Cónyuge y Parientes Directos | Mejora de las reducciones por parentesco. |
| Personas con Discapacidad | Mejora de la reducción estatal para personas con discapacidad. |
| Empresas Familiares y Explotaciones Agrarias | Mejora de las reducciones estatales para empresas individuales y explotaciones agrarias. |
Cómo Realizar la Autoliquidación del Impuesto de Sucesiones en Galicia
Para pagar el Impuesto de Sucesiones en Galicia, sigue estos pasos:
1.- Reúne la Documentación Necesaria
Necesitarás varios documentos importantes:
- Certificado de defunción: Lo obtienes en el Registro Civil.
- Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad: Lo obtienes con el certificado de defunción.
- Copia del testamento: O, si no hay testamento, acta de declaración de herederos.
2.- Completa los Modelos de Declaración
Debes rellenar los siguientes formularios:
- Modelo 660: Declaración de Sucesiones. Incluye todos los bienes y derechos del fallecido.
- Modelo 650: Autoliquidación de Sucesiones para cada heredero. Calcula cuánto debe pagar cada uno.
3.- Presenta y Paga el Impuesto
Hay dos formas de presentar y pagar el impuesto:
- En línea: A través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria de Galicia.
- Presencialmente: En las oficinas de la Agencia Tributaria de Galicia o en oficinas de asistencia en materia de registro.
Plazos para la Presentación
Debes presentar el impuesto dentro de los seis meses desde el fallecimiento.
Si necesitas más tiempo, puedes pedir una prórroga de otros seis meses, siempre y cuando lo solicites dentro de los primeros cinco meses.
Información Adicional y Recursos
Para más información sobre reducciones y bonificaciones en Galicia, consulta los siguientes enlaces:
- Hechos imponibles antes del 1 de enero de 2022: https://www.atriga.gal/Impuestos-Sucesiones-Galicia-antes-2022
- Hechos imponibles después del 1 de enero de 2022: https://www.atriga.gal/Impuestos-Sucesiones-Galicia-despues-2022
- Pago y Autoliquidación del Impuesto: https://www.atriga.gal/Pago-Autoliquidacion





